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Actualizado: 26/04/2024
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Crevillent inicia un estudio para actualizar la ordenanza de regularización del cementerio municipal

Crevillent inicia un estudio para actualizar la ordenanza de regularización del cementerio municipal

Crevillent inicia un estudio para actualizar la ordenanza de regularización del cementerio municipal

María Jesús Alfonso Egea, concejal de Crevillent (provincia de Alicante) ha anunciado el inicio de un estudio para actualizar la ordenanza de regularización del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Dolores”. La edil ha comentado que “esta ordenanza data del año 1977 y ha avanzado y se ha publicado la consulta pública de esta ordenanza, que ya es un primer paso”.

La regidora ha recordado que se debe cumplir con ciertas normas básicas y con la actual ordenanza que regula el uso de las instalaciones. Por ello, María Jesús Alfonso ha recordado que, tras la recepción de distintas quejas, se debe cumplir con una serie de normas establecidas. “El cementerio, como recinto municipal, está regulado por un horario, así que el acceso fuera de ese horario, ya sea por particulares o empresas externas al Ayuntamiento, no está permitido, excepto que se solicite un permiso especial y se obtenga la autorización pertinente por parte del consistorio”, ha comentado la edil, quien también ha añadido que “cualquier empresa constructora o particular que necesite acceder al cementerio para realizar una obra, reforma o instalación de lápidas deberá realizar los trabajos en el horario establecido del cementerio, salvo que se le conceda el permiso especial y, por supuesto, debe tener aprobada la pertinente licencia municipal de obras. La actuación y la licencia se deberá comunicar y presentar al conserje o cualquier empleado municipal para poder iniciar los trabajos”.

La edil ha subrayado que “conforme a la normativa municipal, la transmisión de la titularidad de los terrenos, nichos y sepulturas sólo podrá producirse a título hereditario, quedando prohibida la transmisión de los títulos concesionales entre particulares”. Asimismo, se deberá contar con la documentación exigida en cada caso para la realización de inhumaciones, exhumaciones, traslado de restos, etc., pudiendo obtener información a tal efecto en la Oficina de Atención al Cementerio, ubicada en la planta baja de la Agencia de Desarrollo Local (ADL) en la calle Blasco Ibáñez, 8.

Además, María Jesús Alfonso ha apuntado que “cuando se otorga un solar para la construcción de un panteón se deberá realizar esa obra dentro del tiempo establecido y la ordenanza establece que ese plazo no puede superar el año”.

La Concejalía de Cementerio recuerda que el Cementerio Municipal es un servicio público y que, por tanto, se deben realizar las gestiones correspondientes en el propio cementerio, excepto el ingreso de las tasas correspondientes y las concesiones de nichos y sepulturas que se tramitan en las oficinas municipales centrales.

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