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Actualizado: 30/04/2024
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Servicios Funerarios Santos Hernán denuncia «la concentración existente entre aseguradoras y funerarias»

Servicios Funerarios Santos Hernán denuncia «la concentración existente entre aseguradoras y funerarias»

Isabel María Santos Hernán, socia de Servicios Funerarios Santos Hernán S.L, perteneciente al municipio de Villarobledo (provincia de Albacete), ha querido manifestar su opinión a través de un comunicado enviado a El Funerario Digital.

Isabel María Santos Hernán nos dice:
Sobre las concentraciones que existen en el mercado funerario entre aseguradoras y funerarias pertenecientes a estas o de su agrado previos acuerdos:

Un ejemplo claro el de Mapfre y Santa Lucia con sus filiales (Funespaña y Albia) pertenecientes ambos grupos funerarios a las aseguradoras respectivamente citadas, las cuales no aceptaron las obligaciones impuestas por Competencia, entre las que cabe destacar que debían ofertar en sus seguros de decesos “La libertad de elección” de funeraria, que ya la Ley del Contrato de Seguro 50/1980, de 8 de octubre, dice textualmente:

Art. 106 quáter de la Ley de Contrato de Seguro, (ley en vigor) establece que:
En los seguros de asistencia sanitaria, dependencia y de decesos, las entidades aseguradoras garantizarán a los asegurados la libertad de elección del prestador del servicio, dentro de los límites y condiciones establecidos en el contrato. En estos casos la entidad aseguradora deberá poner a disposición del asegurado, de forma fácilmente accesible, una relación de prestadores de servicios que garantice una efectiva libertad de elección, salvo en aquellos contratos en los que expresamente se prevea un único prestador.

Pero nos encontramos en la tesitura que las aseguradoras omiten el cumplimiento de la norma y dirigen a los asegurados a través de asistencia o puntos concretos de atención en la zona, a un único Prestador de Servicios, o lo que es lo mismo, a una funeraria de su propiedad o una funeraria colaboradora.

Nuestra empresa Santos Hernán S.L., por ejemplo, para cobrar los servicios funerarios, de varias aseguradoras de notoria importancia en nuestro país, tenemos que pasar por un “periplo” de burocracia y trabas, llegando en muchas ocasiones a acudir a los tribunales para que nos abonen nuestras facturas.

Incluso nos tratan poco más que de ilegales ante las familias, confunden a las familias asegurando que nuestra empresa funeraria no es autorizada o “la proveedora”. Una vez la familia recibe esa información, añaden “tendréis que pagar el servicio si lo realizan ellos”, con la única finalidad de obstaculizar la liberalización de los servicios funerarios y la continua imposición de una “funeraria concreta y única” dificultando la libre elección y la libre competencia.

Una compañía en concreto en nuestra zona hace alarde de un amplio elenco de proveedores en la zona a través de cartas dirigidas a sus asegurados, sin embargo, cuando las familias llaman al teléfono de Asistencia 24horas, les responden con el habitual: “No se preocupe, damos aviso a la funeraria y ya se dirige hasta el lugar”. Otra frase mítica e inconcreta jurídicamente hablando, se da cuando la familia del fallecido indica a la aseguradora su derecho de libre elección a nuestra funeraria (por ejemplo), siendo la siguiente: “No puede elegir funeraria, puesto que ello, supondría una RENUNCIA, y en tal caso, usted deberá pagar el servicio a esa funeraria”.

No se renuncia a un seguro de decesos, si no es a través del desistimiento expreso comunicado a la compañía aseguradora en el plazo legalmente establecido, o bien, por dejar de abonar las primas mensuales, semestrales o anuales. No se renuncia a un seguro de decesos, por ejercitar un derecho reconocido en la Ley de libertad de elección de funeraria.

El sentido del seguro de decesos, únicamente, es pagar la suma asegurada fijada en póliza, que cubra el servicio funerario descrito en esa misma póliza.

Santos Hernán S.L. ha presentado denuncia ante el Servicio de Competencia, esperando y confiando en que resuelvan esta problemática que en definitiva nos impide trabajar a nosotros y a otro millar de pequeñas y medianas empresas funerarias. Pero como los procedimientos y la justicia es lenta, las compañías aseguradoras y funerarias propias o colaboradoras campan a sus anchas.

Por compañeros del sector sabemos que no estamos solos ante esta situación, de la que nos vemos indefensos por cuanto ni nuestra patronal PANASEF, defiende los derechos de las pequeñas y medianas empresas funerarias. De esto último nos preguntamos, ¿cómo van a ayudarnos PANASEF, si recientemente, ha sido elegido como presidente, un alto cargo de una empresa funeraria propiedad de una compañía aseguradora?

Las pequeñas y medianas empresas funerarias, somos profesionales del sector que prestamos un servicio funerario más cercano y próximo, por cuanto nuestra ubicación se ciñe a las pequeñas ciudades o pueblos, por tanto, prestamos el servicio funerario de “nuestros vecinos”.

El sector funerario, se ha convertido en un súbdito de las compañías aseguradoras, prueba de ello, es que crean sus propias funerarias para no sólo cobrar por el seguro de decesos, sino también por el servicio funerario, es decir, “todo queda en casa”.

En una gran medida, son las compañías aseguradoras las que están erradicando a las pequeñas funerarias, en pro de sus ingentes beneficios. Las que todavía sobrevivimos tenemos que luchar cada día por superarnos y defendernos de tal vil atropello.

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