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Actualizado: 26/04/2024
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Las funerarias podrán tener los cadáveres siete días en los ataúdes sin conservación

Las funerarias podrán tener los cadáveres siete días en los ataúdes sin conservación

Vía: Raquel L. Murias / lne.es

El nuevo proyecto de ley de servicios funerarios alarma a los empresarios asturianos de pompas fúnebres. Aseguran que la nueva normativa conlleva un riesgo sanitario «muy importante», pues permitirá tener hasta siete días los cadáveres en los ataúdes sin ser sometidos a tratamientos de conservación, tal y como se regula en el proyecto de ley aprobado en el Consejo de Ministros el pasado 17 de junio y que ahora tendrá que pasar por las Cortes. En la nueva norma sólo se exige que a los cadáveres se les coloque un «material esponjoso» a partir de las 72 horas de la muerte y así podrán estar dentro del ataúd hasta 168 horas; es decir, siete días.

Hasta la fecha, en Asturias los cuerpos tenían que ser enterrados antes de 48 horas si no se sometían a tratamientos de conservación. En caso de que el cadáver tuviese que estar más tiempo sin llevar a cabo el enterramiento, éste tenía que someterse a un proceso de conservación. A partir de las 72 horas la normativa vigente hasta ahora exige que el cuerpo se embalsame.

Sin embargo, el Gobierno quiere cambiar la normativa y requerir sólo que, en caso de que hayan pasado 72 horas desde la muerte de la persona, el cuerpo pueda estar en el féretro con un «material absorbente». No se exige ni frío ni ningún otro tratamiento, una circunstancia que preocupa a los empresarios asturianos del sector, que alertan de «graves problemas sanitarios». Antonio Pesquera, presidente de Funerarias Reunidas S. A. y miembro de la patronal nacional, Panasef, que aglutina a la mayoría de los empresarios del sector en España, explica que «esta medida no tiene ninguna lógica y me parece una auténtica aberración. Si hasta ahora se hace así es porque los cadáveres deben de someterse a procesos de conservación, que son necesarios para evitar la putrefacción y la propagación de enfermedades, con el riesgo que conlleva para la salud, principalmente de los trabajadores, que son los que manejan los féretros».

Pesquera pone como ejemplos los problemas que pueden surgir cuando el fallecido ha muerto víctima de una enfermedad contagiosa o si su cuerpo ha quedado destrozado por un accidente. «A quién se le ocurre dejar que los cadáveres estén hasta siete días metidos en una ataúd. No exigen ni frío», añade este empresario.

Jesús Miranda, empresario de pompas fúnebres en Ribadesella, también está muy preocupado por la nueva normativa. «Me parece una auténtica salvajada, llevo cincuenta años en el oficio y siempre hemos funcionado de maravilla. Si se permite que los cadáveres no tengan que enterrarse en menos de 48 horas sin conservación hay un riesgo enorme de propagación de enfermedades y epidemias, por no hablar de los olores de la putrefacción de los cuerpos. Llegará el día en que la gente no pueda ni entrar en la iglesia debido a los olores que despide el cuerpo del fallecido». Miranda cree que el Gobierno «no ha tenido en cuenta la experiencia de los profesionales para llevar a cabo esta reforma. Para cambiar las cosas hay que saber de qué se habla».

Además, este empresario también asegura que el hecho de que se permita ampliar el tiempo que pasa hasta el enterramiento acarreará otras consecuencias como son colapsos en los tanatorios y más gastos. «Tener un cuerpo en una cámara supone cien euros al día».

Este nuevo proyecto de ley aplica también otras modificaciones en el sector. Entre las más llamativas, la liberalización del mercado, aunque esta medida no preocupa a los empresarios asturianos, donde ya se trabaja a través de empresas privadas desde hace muchos años. Esta liberalización afecta principalmente a ciudades como Madrid, Barcelona o Bilbao, donde durante años los servicios funerarios se hacían desde empresas municipales y que en el año 1997, con la primera liberalización del sector, se traspasaron a empresas semipúblicas, financiadas en un 51% por capital privado y un 49% por capital público.

En estos lugares ahora podrán optar por llevar a cabo estos servicios todos los tanatorios privados que deseen montar su propio negocio de pompas fúnebres. La reforma también obliga a que las aseguradoras que ofrecen seguros de defunción a los clientes no trabajen con una empresa funeraria en exclusividad, por lo que los clientes podrán decidir con qué tanatorio quieren organizar su sepelio.

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