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Actualizado: 25/04/2024
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Tumban el recurso del Ayuntamiento de Bunyola, que debe 200.000 euros a la antigua funeraria

Tumban el recurso del Ayuntamiento de Bunyola, que debe 200.000 euros a la antigua funeraria

Vía: Diario de Mallorca

Casi treinta años han pasado y el Ayuntamiento de Bunyola (Mallorca) sigue sin saldar la deuda de 700.000 euros con la empresa concesionaria de los servicios funerarios. A día de hoy quedan pendientes de pago 206.879,40 euros a pesar de que dicha deuda ha sido reconocida judicialmente.

Ahora, el Tribunal Supremo que ha inadmitido a trámite el recurso de casación que presentó el Ayuntamiento de Bunyola, por el que reclamaba Pedro Sastre (el adjudicatario del servicio) 427.470 euros. Andreu Bujosa Bestard (Esquerra Oberta EOB) es el actual alcalde del municipio.

Según el bufete Ramis Abogados, el consistorio ha realizado “todo tipo de triquiñuelas para evitar pagar la indemnización a la que fue condenado hace diez años por actuación irregular: más de 700.000 euros”. Insisten en que “el ayuntamiento con el fin de evitar el pago intento dos reclamaciones (una de un cánon derivado de la concesión y otra por acusar de enriquecerse injustamente al titular de la concesión de la funeraria)”.

Ambas reclamaciones han sido desestimadas y los tribunales “han dado la razón a nuestro cliente con sentencias del 28/12/16 y del 30/03/17, confirmando la obligatoriedad de pagar la indemnización y los intereses devengados durante estos años. Y ahora el Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación del Ayuntamiento de Bunyola, por lo que se confirmarían las sentencias anteriores. Tienen que pagar”, según Dolors Bru, letrada de Ramis Abogados.

Los hechos se remontan a 1988 cuando Pedro Sastre obtuvo la concesión del servicio funerario de Bunyola (pagando un cánon, local, servicios, transporte…) y dos años después el pleno del consistorio otorgó una licencia de actividad a una segunda empresa sin exigirle condición alguna.

El titular de la concesión interpuso una demanda y el juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma le dio la razón en sentencia de 2007 que reconoce el derecho a indemnización (más de 700.000 euros) por existir responsabilidad patrimonial de la administración condenada (el Ayuntamiento). Posteriormente el consistorio recurrió la decisión pero el Tribunal Superior de Justicia desestimó sus recursos y declaró firme la sentencia, ante los daños y perjuicios ocasionados por competencia empresarial perjudicial. Mallorca Diario

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