¿Dónde va tu mascota tras fallecer? Así debes gestionar su cuerpo para evitar sanciones

¿Dónde va tu mascota tras fallecer? Así debes gestionar su cuerpo para evitar sanciones

Cuando una mascota muere, no solo se enfrenta uno al duelo, sino también a una normativa que muchos desconocen. En Euskadi, como en el resto de España, despedirse de un animal de compañía implica seguir un proceso regulado y obligatorio. No hacerlo puede derivar en una multa que oscila, según la normativa local, entre los 100 y los 3.000 euros.

Enterrar a tu perro en el jardín, dejar al gato en un contenedor o incluso abandonarlo en el monte puede parecer un gesto impulsado por la emoción o la falta de recursos, pero se considera una infracción leve. Y no solo por una cuestión legal, sino también sanitaria. “El mal manejo de un cadáver animal puede suponer un riesgo de contaminación para el suelo, el agua e incluso para otros animales y personas”, señalan desde Garbiker, la empresa pública que gestiona los residuos urbanos en Bizkaia.

La ley es clara: el cuerpo sin vida de un animal debe ser recogido y gestionado por una empresa especializada, con autorización oficial. Clínicas veterinarias, crematorios o centros de recogida son los encargados de hacerlo correctamente, emitiendo un certificado con la identificación del animal, el nombre del propietario y la prueba de que todo se ha hecho conforme a la normativa.

En Euskadi, la Ley 9/2022 regula la protección de los animales domésticos. Esta legislación autonómica debe además cumplir con los requisitos del Reglamento europeo 1069/2009, que establece cómo deben tratarse los restos animales no destinados al consumo humano. A su vez, los municipios adaptan esta ley a través de sus ordenanzas. Así ocurre en Bilbao, donde, por ejemplo, si un animal es hallado muerto en la vía pública, se le fotografía para intentar identificarlo y comprobar si ha habido maltrato.

La incineración o el entierro deben ser gestionados por empresas habilitadas. Algunas ofrecen cremaciones individuales —donde el dueño recibe las cenizas— o colectivas, sin devolución. También existe la opción de enterrarlos en cementerios para mascotas, aunque en Euskadi solo hay uno, privado, en Galdames.

Además, el propietario tiene 10 días para comunicar la muerte al registro oficial (en este caso, REGIA). Esta baja debe hacerse a través del veterinario, con un certificado de defunción o una declaración responsable.

La falta de actualización entre la normativa estatal y autonómica ha creado ciertas discrepancias en las sanciones, pero, de momento, la ley vasca es la referencia. Así que, ante la pérdida de una mascota, lo mejor es no improvisar: cumplir con el procedimiento evita problemas… y multas.