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Actualizado: 27/03/2024
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El TSJA ha revocado la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora permitiendo su actividad

El TSJA ha revocado la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora permitiendo su actividad

El TSJA ha revocado la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora permitiendo su actividad

Vía: Ideal

Palmavalen S. A., la empresa propietaria del tanatorio de Íllora (provincia de Granada), y el Ayuntamiento de este municipio han ganado la batalla judicial iniciada por un grupo de vecinos del pueblo contra la actividad del tanatorio.

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) acaba de revocar la nulidad de la licencia –otorgada inicialmente el 4 de febrero de 1997 a un tercero, y fue transmitida en 2001 a su actual propietaria, Palmavalen–  de las instalaciones que declaró en 2019 un juzgado.

El alto tribunal andaluz estima los recursos que interpusieron la empresa propietaria del tanatorio y el propio Consistorio contra aquel fallo, que fue dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Granada.

En el mes de abril de 2019, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Granada decretó la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora. Este espacio funerario inició su actividad hace 20 años, pero los vecinos de Íllora nunca habían demandado al Ayuntamiento a pesar de los graves perjuicios que dicen haber sufrido.

En su sentencia, fechada el 12 de mayo 2022, el TSJA corrige al citado órgano y recuerda que los vecinos tardaron cuatro lustros en solicitar la revisión de la licencia de actividad, que fue otorgada a fibnales de los años 90.

En este punto, resalta que era una actividad que se ejercía de forma totalmente pública, por lo que era conocida por los vecinos, que pudieron ejercitar las acciones legales oportunas “con evidente mayor antelación” y no lo hicieron. Los vecinos se quejaban de ruidos porque las personas que acuden a velar a sus seres queridos salen a la calle, pero lo mismo sucede, como recalca Palma, cuando la gente sale de un bar.

La primera actuación formal de los que dicen ser afectados no se produjo hasta 2012 y consistió en solicitar un informe urbanístico en relación con la finca donde se ubica la actividad del tanatorio. “Ninguna actividad adicional siguió a dicha solicitud hasta que, finalmente, se formuló la presente solicitud de revisión de oficio cinco años después, y, se insiste, habiendo transcurrido 20 años desde el otorgamiento de la licencia”, subraya el fallo.

El dueño del tanatorio, Francisco Palma, mostró este lunes su satisfacción por el giro que ha dado el caso. “Es una actividad normal y me parecía injusto que se expropiara así porque sí una licencia después de 20 años”, expresa, para recalcar que “se ha hecho justicia”. Según el empresario, el fallo ahora revocado no llegó a ejecutarse y el tanatorio ha seguido funcionando con normalidad. En Íllora, según detalla, actualmente solo existe ese recinto para velar a los difuntos, puesto que “hay otro tanatorio municipal pero no está abierto”.

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