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Actualizado: 26/04/2024
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Ayuntamiento de Zamora concede la licencia ambiental para el tanatorio-crematorio en Cardenal Cisneros

Ayuntamiento de Zamora concede la licencia ambiental para el tanatorio-crematorio en Cardenal Cisneros

Vía: Redacción

Tras la respuesta del Tribunal de Recursos Contractuales de Castilla y León a la solicitud de información del Ayuntamiento de Zamora, sobre la instalación del tanatorio-crematorio en la avenida de Cardenal Cisneros, la Junta de Gobierno Local ha aprobado la concesión de la licencia ambiental para dicha instalación.

El martes 6 de octubre y en base a los informes técnicos y a la normativa vigente actualmente en la materia y a pesar de que el Consejo Consultivo no admitió a trámite la solicitud del Ayuntamiento, según ha manifestado el concejal de Obras, Urbanismo y Medio Ambiente, Romualdo Fernández.

Si bien al Guía de consenso de sanidad mortuoria aprobada por la Comisión de Salud Púbica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de 24 de julio de 2018, indica que «los nuevos hornos crematorios se ubicaran preferentemente en suelos de clasificación industrial. No deberá haber núcleos poblacionales o espacios vulnerables en el radio de 200 metros a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio…»; se trata en este caso de una «recomendación» que no tiene carácter normativo.

El concejal, Romualdo Fernández discrepa con la apreciación del Consejo Consultivo en el sentido de que «una vez examinada la documentación no se aprecian en ella trascendencia y repercusión social, puesto que ha sido patente la preocupación despertada entre el vecindario de esa zona de la ciudad».

Por todo ello el Ayuntamiento solicitará formalmente a la Junta de Castilla y León que incluya en la normativa regional sobre política mortuoria las recomendaciones del Ministerio de Sanidad, según anunció el concejal, si bien en este momento y de acuerdo con la normativa actual «al Ayuntamiento no le queda más que conceder la licencia».

Por otra parte en la misma concesión de la Licencia Ambiental se especifica que antes de poner en funcionamiento la instalación deberá presentar una declaración responsable de inicio de la actividad, junto con el certificado del técnico director de la ejecución del proyecto sobre la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto objeto de la licencia ambiental; así como la Certificación emitida por un organismo de control ambiental acreditado, relativa al cumplimiento de los requisitos exigibles; la acreditación del cumplimiento de los niveles de inmisión sonora, y el Certificado Final de Dirección de la obra, suscrito por el director de la ejecución de la obra.

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