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Actualizado: 24/04/2024
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El Ayuntamiento solicitará un informe al Consejo Consultivo sobre la instalación de un tanatorio-crematorio

El Ayuntamiento solicitará un informe al Consejo Consultivo sobre la instalación de un tanatorio-crematorio

El Ayuntamiento de Zamora solicitará formalmente un informe al Consejo Consultivo sobre la licencia ambiental para la instalación de un tanatorio-crematorio en la avenida de Cardenal Cisneros nº 55, en el antiguo edificio de Porcelanosa.

La propuesta se presenta el próximo lunes 7 de septiembre a dictamen de la Comisión Informativa de Coordinación, Hacienda y Servicio Generales, para ser ratificada por el Pleno Municipal, ya que necesita el refrendo plenario antes de ser remitida al Consultivo.

Unos días antes de la declaración del estado de alarma el alcalde, Francisco Guarido, se reunió con los representantes de la Plataforma Contra el Crematorio con los que se comprometió a facilitar toda la información relativa a la tramitación del expediente así como la posible formalización de la consulta al órgano jurídico regional. Hay que tener en cuenta que la tramitación de las licencias urbanísticas son competencia del Ayuntamiento, en tanto que la licencia ambiental en lo referente al riesgo de contaminación y salud pública corresponde a la Junta de Castilla y León.

En este sentido el alcalde manifestó entonces que desde el servicio de Urbanismo se controla minuciosamente el cumplimiento estricto de la legalidad en lo referente a la licencia de obras y los permisos municipales, sin embargo todo lo relativo a emisiones trasciende la competencia municipal y depende estrictamente de los informes del organismo autonómico.

En el informe que acompaña a la propuesta de solicitud al Consultivo se hace mención expresa a la presentación de más de 2.000 firmas contra la instalación del tanatorio-crematorio por las posibles molestias y perjuicios para la salud que pueda originar esa actividad y entendiendo que un crematorio debe ubicarse fuera de los cascos urbanos de las ciudades, tomando en consideración la Guía de consenso de sanidad mortuoria aprobada por la Comisión de Salud Púbica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de 24 de julio de 2018, en la que se indica que “los nuevos hornos crematorios se ubicaran preferentemente en suelos de clasificación industrial. No deberá haber núcleos poblacionales o espacios vulnerables en el radio de 200 metros a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio…”. Sin embargo se admite por la Administración autonómica que todavía no se ha modificado el Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la política sanitaria mortuoria de Castilla y León, para recoger la recomendación de la mencionada Guía.

Como quiera que los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente proponen la concesión de la licencia ambiental solicitada, por entender que cumplen los requisitos exigidos por la normativa aplicable, al Ayuntamiento no cabe sino conceder la referida Licencia ambiental. No obstante, según se advierte en un informe del Servicio Jurídico de Urbanismo, el Ayuntamiento, a través de un acuerdo de Pleno, tiene la potestad de solicitar informe al Consejo Consultivo de Castilla y León al respecto, al entender que el asunto tiene la suficiente trascendencia para el interés púbico y debido a que puede existir una falta de adaptación de la legislación autonómica a las recomendaciones de los expertos.

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