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Actualizado: 25/04/2024
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Condenan al Ayuntamiento por “desviación de poder” al negar la licencia de apertura de una Sala de Duelos

Condenan al Ayuntamiento por “desviación de poder” al negar la licencia de apertura de una Sala de Duelos

La decisión adoptado por el Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (provincia de Sevilla) en relación a no otorgar la licencia de apertura la Sala de Duelos María Auxiliadora, ha obtenido la respuesta del Tribunal Superior de Justicia Andalucía (JSJA) anulado por “desviación de poder” la decisión del Consistorio.

En la sentencia se recoge que el “variado y sucesivo cúmulo de irregularidades” cometido por el Ayuntamiento y el “trato discriminatorio” recibido por la empresaria Ana Rosa Villar, a la que condenó a “realizar un sinfín de alegaciones en vías administrativa y judicial a lo largo de varios años”. Finalmente, sus requisitos resultaban inútiles porque la Administración “cambiaba de parecer”, dice el TSJA. La sentencia ya es firme y ha cerrado siete años de pleitos.

En lugar de actuar “en estricta aplicación de la legalidad vigente a la hora de decidir sobre la licencia pedida, como debía ser”, el Ayuntamiento gobernado por el partido NIVA (Nueva Izquierda Verde Andaluza) tuvo un “comportamiento con finalidad espúrea”, según la sentencia de la Sala de lo Contencioso a la que tuvo acceso este periódico.

El tribunal vincula ese comportamiento a la “oferta de servicios de consultoría”  que recibió la empresaria en 2013 de un mediador que quería ir a medias en el negocio. Fue a partir de su rechazo cuando “comenzaron las dificultades burocráticas” pese a que la actividad parecía reunir hasta entonces las “condiciones y requisitos favorables a su autorización”, según la sentencia.

Los jueces señalan como instigador al actual alcalde y candidato a las elecciones municipales de 2015 por el NIVA, Francisco Martínez Galán, que puso en marcha una campaña de movilización de los vecinos contra el proyecto. Afirmaban que la Sala de Duelos era un tanatorio encubierto, aunque el proyecto no preveía llevar a cabo ninguna práctica forense ni crematorio.

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