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Actualizado: 25/04/2024
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Desestiman el recurso de la funeraria Mémora para evitar el registro de la francesa Memorame

Desestiman el recurso de la funeraria Mémora para evitar el registro de la francesa Memorame

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha desestimado el recurso que había presentado la empresa servicios funerarios Mémora para evitar el registro en el bloque comunitario de la marca francesa Memorame.

La empresa se opuso en un principio al registro del signo denominativo francés, pero la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) sólo estimó parcialmente esta oposición. En concreto, desestimó el recurso relacionado con los servicios de programas de gestión de cementerios, de acceso a bases de datos y de cartografía y planeamiento de cementerios.

Mémora Servicios Funerarios planteó un recurso contra esta resolución de la EUIPO ante el Tribunal General, que sin embargo ha sido desestimado este martes por la Justicia europea.

Así, el tribunal con sede en Luxemburgo ha compartido la conclusión de la EUIPO de que no existe riesgo de confusión entre los productos y los servicios designados por la marca francesa y los servicios designados por Mémora.

Por ejemplo, el TUE señala que, en relación al software de gestión designado por Memorame, el hecho de que los públicos sean diferentes «excluye generalmente la similitud» entre ambas marcas. También subraya que los servicios de facilitación de acceso a bases de datos o documentos almacenados electrónicamente de la empresa francesa se dirigen a directores y administradores de cementerios y no al público general.

Mémora también alegaba que la EUIPO no tuvo en cuenta el grado de renombre específico del que disfrutan sus marcas sobre parte del territorio comunitario. Sin embargo, la oficina europea de propiedad intelectual señaló que la funeraria no presentó hechos, pruebas o alegaciones que demostraran este hecho.

El Tribunal General ha remarcado que los documentos que ha presentado Mémora Servicios Funerarios para demostrar el renombre de sus marcas «no pueden ser tomados en consideración» precisamente por no haber sido presentados antes ante la EUIPO.

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