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Actualizado: 27/03/2024
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El Supremo anula el acuerdo de adjudicación del crematorio de Santa Eulària, convocarán otro concurso

El Supremo anula el acuerdo de adjudicación del crematorio de Santa Eulària, convocarán otro concurso

Vía: Diario de Ibiza

El Tribunal Supremo ha acordado no admitir a trámite el recurso interpuesto por la empresa Grup VFV contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que anuló, a principios del pasado año, el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària (Ibiza), por el que se adjudicó a esta empresa la construcción y explotación del crematorio.

La sentencia es fruto de un recurso presentado por la empresa Pompas Fúnebres Ibiza, que también se presentó al concurso y cuya propuesta fue desestimada. Posteriormente, la empresa adjudicataria del servicio y de la construcción del crematorio recurrió el fallo, que ahora ha sido desestimado.

El auto del Supremo, al que ha tenido acceso diariodeibiza.es, defiende la decisión del tribunal «ante la falta de justificación, en el escrito de preparación, de que las normas que se citan como infringidas hayan sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la sentencia recurrida».

El Ayuntamiento de Santa Eulària espera adjudicar de nuevo la explotación del crematorio en «tres o cuatro meses», según explicó el concejal de Urbanismo, Mariano Juan, tras conocer el fallo.

Esta decisión, que pone fin a la vía judicial de este proceso, según confirman desde Pompas Fúnebres Ibiza, provoca la anulación de la adjudicación a Grup VFV y obliga al Ayuntamiento a convocar de nuevo el concurso. En la sentencia del TSJB se justificaba la decisión de anular el concurso porque el juez consideró que ninguna de las tres ofertas presentadas a la licitación municipal cumplía los pliegos de condiciones administrativas y técnicas.

Entonces, El Ayuntamiento de Santa Eulària ha emitido un comunicado en el que asegura que esta sentencia no implica que el servicio de crematorio dentro del Cementerio Municipal se deje de prestar, puesto que «el documento no hace referencia a la legalidad o no del servicio como tal sino que dilucida un defecto formal en el procedimiento administrativo». El Consistorio ha anunciado que recurrirá esta resolución judicial.

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