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Actualizado: 27/03/2024
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El BOP publica la tramitación ordinaria para otorgar concesiones en el Cementerio Municipal de Morón

El BOP publica la tramitación ordinaria para otorgar concesiones en el Cementerio Municipal de Morón

Vía: Diario de Morón

El pasado jueves 25 el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó la tramitación ordinaria del procedimiento para otorgar concesiones en el Cementerio Municipal de Morón de la Frontera,(provincia de Sevilla) que fue resuelta por un decreto del alcalde de la localidad, Juan Manuel Rodríguez, el pasado 13 de mayo. Los interesados tienen 30 días naturales para presentar la documentación en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento.

Según recoge el pliego de condiciones, se podrá remitir la documentación también por correo. En este caso el interesado deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Servicio de Atención Ciudadana la remisión de la oferta u ofertas mediante fax o telegrama en el mismo día – comunicación que podrá realizarse a cualquier hora, hasta el último día de plazo –.

Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida en el Ayuntamiento con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

En concreto, se trata de la adjudicación de concesión por 75 años de 40 parcelas de 2,88 metros en el Cementerio Municipal de Morón de la Frontera. Podrán resultar adjudicatarias de la concesión las personas físicas empadronadas en el municipio de Morón de la Frontera que tengan plena capacidad de obrar o estén representadas legalmente. También podrán ser adjudicatarios los nacidos en Morón o descendientes de naturales de la Ciudad. En todos los supuestos, los propuestos como adjudicatarios no podrán ser titulares de otra concesión de enterramiento en el Cementerio de Morón de la Frontera.

La adjudicación se hará a favor de una sola persona, excepto en el caso de cónyuges o miembros de pareja estable no matrimonial – unión civil – que así lo soliciten, siempre que cualquiera de ellos no resulte propuesto como adjudicatario de otra parcela en este procedimiento.

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