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La Comisión Gallega de la Competencia resuelve un expediente sobre servicios funerarios vinculados a autopsias

La Comisión Gallega de la Competencia resuelve un expediente sobre servicios funerarios vinculados a autopsias

La Comisión Gallega de la Competencia ha resuelto un expediente relacionado con la contratación pública de servicios de transporte de cadáveres destinados a la realización de autopsias y otras pruebas médico-forenses. La resolución afecta a dos empresas del sector funerario gallego y contempla sanciones económicas que suman 75.244,83 euros.

Las compañías son Pompas Fúnebres del Noroeste y Funeraria Casablanca, que participaron conjuntamente en procedimientos de contratación convocados para prestar servicios vinculados al Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga), en el área de Santiago de Compostela y otras localidades próximas.

Los hechos examinados se remontan a dos licitaciones públicas celebradas en 2020 y 2024, en las que ambas empresas concurrieron mediante una unión temporal de empresas (UTE). Esta modalidad de colaboración está prevista en la legislación española y permite que varias compañías presenten una oferta conjunta para desarrollar determinados contratos.

En el procedimiento, las funerarias argumentaron que su participación conjunta respondía a criterios de eficiencia, distribución de costes y necesidades organizativas para garantizar la prestación del servicio en el ámbito territorial establecido.

Tras analizar la documentación y las alegaciones presentadas, la Comisión Gallega de la Competencia consideró que las dos empresas disponían de capacidad suficiente para concurrir por separado. El organismo concluyó que su participación conjunta en las circunstancias examinadas había limitado la competencia en los procedimientos de contratación, por lo que calificó los hechos como una infracción muy grave de la normativa de defensa de la competencia.

Como resultado, Pompas Fúnebres del Noroeste ha recibido una sanción de 70.380,94 euros, mientras que la correspondiente a Funeraria Casablanca asciende a 4.863,89 euros. Las cantidades equivalen, respectivamente, al 2,78 % y al 3 % de sus volúmenes de negocio de 2025.

La resolución contempla asimismo una prohibición temporal de participar en licitaciones públicas convocadas en Galicia durante seis meses, en los términos establecidos por el organismo.

El expediente también incluyó a una tercera empresa, Cardelle-Vaz&Rey, respecto de la cual Competencia descartó la existencia de responsabilidad al considerar que carecía de capacidad suficiente para concurrir individualmente a los contratos examinados.

La resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por lo que las empresas afectadas disponen de la posibilidad de solicitar su revisión por la vía judicial.

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