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La justicia anula la creación de FuneCamp por falta de viabilidad económica

La justicia anula la creación de FuneCamp por falta de viabilidad económica

Un nuevo capítulo se ha escrito en la historia de FuneCamp, el ambicioso proyecto de funeraria supramunicipal que unía a los municipios de Reus, Salou, Vila-seca y Constantí. El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Tarragona ha decidido anular los acuerdos plenarios que daban vida a esta iniciativa, cuestionando la solidez de su base económica. La sentencia revela que la memoria económica presentada no logra justificar la viabilidad del proyecto ni garantiza su estabilidad presupuestaria, lo que obliga a echar por tierra los acuerdos que habían sido adoptados en marzo de 2024.

El fallo judicial representa una victoria para tres empresas funerarias privadas que habían impugnado el proceso. Mémora Serveis Funeraris del Camp, Funeconca y Serveis Funeraris Pedrola Montbrió, las demandantes, argumentaron que los acuerdos de los ayuntamientos que aprobaban el proyecto eran injustificados. La magistrada ha respaldado sus argumentos, sugiriendo que las proyecciones económicas de FuneCamp no estaban suficientemente fundamentadas, según los informes de KPMG presentados en el caso.

Uno de los puntos críticos en el fallo fue la manera en que se estimó la demanda, ya que las previsiones se basaron en estimaciones de mortalidad que no se alineaban con los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Además, los costes de personal se infravaloraron, mientras que la plantilla necesaria para operar se estimó en 26 trabajadores, cuando en realidad no podría ser inferior a 34. En este contexto, el proyecto se enfrentaría a pérdidas anuales significativas, que podrían alcanzar hasta 254.000 euros.

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Más allá de los números, la jueza también se pronunció sobre el marco legal. Recordó que, aunque las entidades locales pueden involucrarse en actividades económicas, deben siempre garantizar su sostenibilidad financiera. Además, subrayó que la actividad funeraria no es un servicio municipal y se encuentra en un sector liberalizado, lo que impide considerarla como tal.

El veredicto no solo revoca la creación de FuneCamp, sino que también deja claro que una empresa municipal puede gestionar actividades relacionadas con los cementerios, pero no asumir automáticamente el servicio funerario como propio. La sentencia, aunque es de primera instancia, deja abierta la posibilidad de que los ayuntamientos afectados apelen a instancias superiores, buscando quizás una segunda oportunidad para su proyecto.

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