Funsegur
Actualizado: 19/04/2024
Gesmemori
InicioDestacadosEl Ayuntamiento de Puertollano espera que el TSJCM indique cómo ejecutar la sentencia del crematorio

El Ayuntamiento de Puertollano espera que el TSJCM indique cómo ejecutar la sentencia del crematorio

El Ayuntamiento de Puertollano espera que el TSJCM indique cómo ejecutar la sentencia del crematorio

Vía: Ayto

El Ayuntamiento de Puertollano, (provincia de Ciudad Real) sigue a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) indique cómo debe proceder en relación a la licencia otorgada al horno crematorio en el tanatorio municipal.

Se trata de la sentencia que declaraba «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización para el inicio de la actividad del crematorio ya que el proceso se «ha dilatado» y que se sigue a la espera de una respuesta del TSJCM.

En febrero de 2020 la Junta Local Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano dirigió un escrito a la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCM en la que solicitaba que indique al consistorio la forma en que debe proceder en relación a la licencia otorgada al horno crematorio.

La empresa, Servicios Funerarios de Puertollano, elevó un recurso de amparo constitucional, por lo que ante la duda de que se pudieran producir «daños y perjuicios irreparables» en el ámbito de aplicación de la sentencia, se pidió al TSJCM que concrete el procedimiento.

En junio de 2019 la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo acordaba la inadmisión a trámite de los recursos presentados por el Ayuntamiento de Puertollano y la empresa que gestiona el tanatorio de la carretera de Almodóvar de la ciudad minera contra la sentencia del TSJCM que declaraba «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento de Puertollano, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización de licencia para el inicio de actividad de un horno crematorio.

La sentencia del TSJCM, de 10 de junio de 2019, respaldada en firme por el Supremo, da la razón a la Asociación de Vecinos Fernando el Santo-Ciudad Jardín al desestimar el recurso de apelación de la empresa funeraria contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real que anulaba la resolución de 24 de junio de 2015 de la Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano que desestimó un recurso de reposición interpuesto por la Asociación de Vecinos frente al acuerdo que concedió la autorización.

En la sentencia del TSJCM los magistrados respaldan en su integridad los argumentos y conclusiones del juzgado ciudadrealeño.

Compartir:
Valorar este artículo