Funsegur
Actualizado: 24/04/2024
Gesmemori
InicioDestacadosAlgunas Comunidades Autónomas limitan el aforo a lugares de culto, tanatorios y cementerios por Covid

Algunas Comunidades Autónomas limitan el aforo a lugares de culto, tanatorios y cementerios por Covid

Algunas Comunidades Autónomas limitan el aforo a lugares de culto, tanatorios y cementerios por Covid

El aumento de brotes en España está haciendo que las Comunidades Autónomas estén tomando medidas más restrictivas dependiendo de la gravedad del foco por coronavirus.

Las restricciones están afectando de manera progresiva al culto a las celebraciones religiosas, y ahora también a velatorios y cementerios en determinadas comunidades y municipios donde se han visto reducidos los aforos. 

Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid ya ha anunciado este viernes que, a partir de hot lunes7, quedará limitado el aforo en los templos para las celebraciones religiosas. Así las cosas, los accesos pasarán del 75 al 60 por ciento en las bodas, así como en los lugares de culto y en cementerios y tanatorios. Los velatorios al aire libre tendrán un máximo de 50 personas, los cerrados de 25, y en entierros podrán reunirse un máximo de 50 asistentes.

Valladolid y Salamanca
Los vecinos de ambas capitales provinciales de Castilla y León han visto como las restricciones han aumentado de manera considerable para evitar la expansión del virus. Limitaciones que afecta principalmente a la vida social, pero también a la religiosa.

En el caso de los tanatorios, deberá respetarse un máximo de quince personas en espacios al aire libre; o de diez, en espacios cerrados. La participación en la comitiva para entierros se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados.

En cuanto a los lugares de culto y celebraciones religiosas, deberá respetarse un máximo de cincuenta personas en espacios al aire libre o de veinticinco en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo máximo permitido.

Ciudad Real capital
La Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha adoptado medidas especiales en la capital ciudadrealeña para frenar la expansión de casos por coronavirus.

Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

Se restringe el número de personas en tanatorios y cortejos fúnebres a un máximo de diez personas.

Bolaños de Calatrava (Ciudad Real)
Se restringe el número de personas en tanatorio a un máximo de diez personas y se propone la suspensión de eventos sociales como bodas y bautizos.

Región de Murcia
En toda la Región de Murcia se mantiene la limitación a seis personas como máximo en las reuniones y encuentros sociales, y a treinta en las bodas. En los velatorios-tanatorios y actos fúnebres, no se pueden congregar más de quince personas en establecimientos cerrados, o más de 25 si se trata de un espacio abierto.

Galicia
El pasado jueves, 3 de septiembre, la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia ha establecido más medidas restrictivas en Ourense, Santiago, Santa Comba, Carballo y A Laracha. Los templos y celebraciones litúrgicas de estos municipios verán reducidos los aforos.

Navarra
El Gobierno de Navarra ha aprobado un acuerdo por el que se reducen los aforos en lugares de culto. Así las cosas, se disminuye del 75 al 50% el aforo máximo en las iglesias, mientras que las celebraciones nupciales contarán con un límite de 75 personas en lugares al aire libre y de 35 en espacios cerrados.

La Rioja
En la región riojana, los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre. En espacios cerrados, el aforo máximo será del 25%, no pudiendo superar las quince personas. La participación en la comitiva para el enterramiento se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados.

En los lugares de culto, se permitirá la asistencia siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo.  No se permitirá el uso de agua bendita y las abluciones rituales deberán realizarse en privado, en lugar diferente del de culto.

Compartir:
Valorar este artículo