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Actualizado: 27/03/2024
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El juzgado valida la ampliación del cementerio de Figueiroa de Abaixo (Pontevedra)

El juzgado valida la ampliación del cementerio de Figueiroa de Abaixo (Pontevedra)

Vía: Rocío Garcia / La Voz de Galicia

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra ha desestimado el recurso presentado por una familia del entorno contra la ampliación del cementerio parroquial de Figueiroa de Abaixo, (provincia de Pontevedra).

En una sentencia con fecha 20 de mayo la jueza declara conformes a derecho las tres resoluciones recurridas: la concesión al Arzobispado de la licencia municipal para la ampliación (del 4 de mayo del 2015), el acuerdo de la junta de gobierno local por el que se toma razón de las comunicaciones de la Consellería de Sanidade dando por cumplimentado el condicionado de la licencia sobre regularización del cementerio preexistente (del 21 de marzo del 2016) y la licencia de primera ocupación del camposanto (del 18 de julio del 2018).

Los demandantes consideraban ilegal la concesión de la licencia. Entendían que la ampliación era contraria a diversas normas de tipo sanitario y urbanístico. Destacaban, además, que la licencia había sido otorgada al amparo de un decreto que posteriormente quedó anulado por diversas sentencias judiciales.

Convencidos de que la ampliación del cementerio sería ilegal, los afectados habían solicitado en junio del 2015 la paralización de la licencia con el objetivo de que las obras no llegasen a iniciarse. Esta paralización les fue denegada, aunque la presentación del recurso ahora rechazado desanimó a muchos demandantes de panteones que, por miedo a que finalmente pudiese decretarse un derribo ?como advertían los demandantes? desistieron de su interés en la compra de panteones.

La sentencia que ahora se dicta valida tanto la ampliación del cementerio de Figueiroa como la legalización de los sucesivos ensanches del cementerio preexistente, disipando las dudas sobre su futuro.

La jueza ve conformes a derecho las resoluciones del Concello y condena en costas a los demandantes en una cuantía que no excederá los 700 euros. No obstante, contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en los 15 días siguientes a su notificación.

El alcalde estradense, José López, se felicitó ayer por este fallo judicial que valida la ampliación y la actuación del Concello en la tramitación de un expediente para dar solución a la demanda de enterramiento que en origen firmaban 428 familias. No obstante, finalmente no llegaron a hacerse ni la mitad de los panteones, ya que el temor a una ilegalización de la obra por los recursos presentados desanimó a muchos solicitantes.

López destaca que la sentencia respalda las obras ya hechas y abre las puertas a una nueva fase de ampliación “si sigue existiendo demanda” así como al avance en un proyecto de urbanización “se contemplaba también un aparcamiento” que quedó a medias.

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