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Actualizado: 24/04/2024
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Vecinos de Puertollano quieren derogar la licencia de crematorio tras ganar contencioso al ayuntamiento

Vecinos de Puertollano quieren derogar la licencia de crematorio tras ganar contencioso al ayuntamiento

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real ha anulado la resolución de 24 de junio de 2015 de la Junta Local del Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real) por la que se desestimó un recurso de reposición interpuesto por la Asociación de Vecinos Fernando el Santo de Ciudad Jardín frente al acuerdo del Ayuntamiento de 18 de marzo de 2015 que concedió la autorización de licencia para el inicio de actividad de un horno crematorio en las instalaciones del tanatorio Servicios Funerarios de Puertollano.

Así lo han dado ha conocer el pasado jueves en rueda de prensa los representantes de la asociación vecinal, Daniel Cascado Fernández, Mari Trini Sánchez Pérez y Pedro Molinero del Valle, quienes interpretan que la resolución judicial, que puede ser recurrida por cualquiera de las partes ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, «deroga» en la práctica la autorización del Ayuntamiento.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez señala, entre otras consideraciones puramente administrativas, que el Ayuntamiento de Puertollano no ha regulado una normativa municipal para este tipo de actividades, y que debe atenerse a los preceptos del Decreto 72/1999 de Sanidad Mortuoria de Castilla-La Mancha, que señala que el crematorio debe estar o bien dentro del cementerio municipal o bien lo más próximo posible, lo que, según el magistrado, «determina que ante la falta de acreditación de imposibilidad por parte del Ayuntamiento, deba entenderse que no se ha respetado tal previsión».

En este sentido los vecinos han pedido al Ayuntamiento que «cumpla la ley, no vulnere los derechos de los ciudadanos, que cese la actividad y se abstenga de recurrir la sentencia». «Tenemos derecho a usar una zona residencial que esté libre de humos tóxicos procedentes de una actividad casi industrial como es un horno crematorio», han subrayado.

Este desenlace judicial se produce tras una maraña de recursos y contenciosos que se ha prolongado durante años. El 29 de enero de 2014, el Ayuntamiento autorizó las obras del crematorio a Servicios Funerarios de Puertollano. Aquella decisión fue recurrida por las asociaciones de vecinos aduciendo que se incumplía la normativa vigente, fundamentalmente el Decreto de Sanidad Mortuoria de Castilla-la Mancha que establece que los crematorios deben situarse en cementerios, edificios anejos a ellos, o en el lugar más próximo posible.

En febrero de 2014, el recurso de los vecinos obligó al Consistorio a paralizar una licencia ya otorgada y a encargar otros dos informes técnicos para determinar la viabilidad del crematorio en el cementerio. Además, en marzo de 2014 Servicios Funerarios de Puertollano interpuso un recurso de reposición contra la paralización del expediente arguyendo que no se le dio traslado del recurso presentado por los vecinos.

Finalmente el 18 de marzo de 2015 el Ayuntamiento de Puertollano concedió licencia de obras para el crematorio, si bien los vecinos de Ciudad Jardín siguieron adelante con el contencioso.

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