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Actualizado: 27/03/2024
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El arzobispo de Sevilla quiere que los funerales se celebren únicamente en las parroquias

El arzobispo de Sevilla quiere que los funerales se celebren únicamente en las parroquias

Vía: Diario de Sevilla

Las futuras normas diocesanas sobre este particular dejarán clara la posición oficial de la Archidiócesis con respecto a la necesidad de que la parroquia no quede orillada cuando se trata de despedir a un cristiano de este mundo. Monseñor Asenjo, arzobispo de Sevilla, quiere potenciar el uso de las parroquias como centro de la vida del cristiano desde que nace, con la celebración del sacramento del bautismo, hasta que fallece, con el oficio de las exequias.

La parroquia debe tener primacía en la celebración de los funerales de cuerpo presente. El tanatorio debe quedar exclusivamente para el rezo de responsos. Únicamente en casos especialmente justificados se autorizará la celebración del funeral en el tanatorio. Ese permiso especial deberá estar concedido por el vicario de zona, que evaluará que, efectivamente, concurren circunstancias que hagan aconsejable el uso de la capilla del tanatorio. Muchos sacerdotes ya han recibido avances de unas disposiciones que, sin duda, tendrán una repercusión importante en los usos y costumbres que cada día han adquirido más fuerza desde que la capital cuenta con dos tanatorios (San Jerónimo y SE-30) y proliferan también en la provincia.

En los últimos años se ha impuesto que los funerales de cuerpo presente se oficien en las capillas de los tanatorios. A cientos de familias del difunto les resulta más cómodo hacer uso de unas instalaciones modernas y funcionales que celebrar el tradicional funeral en la parroquia o en la capilla de la cofradía de turno con los correspondientes traslados del féretro. Este uso ha orillado a las parroquias como lugar de celebración cuando se trata de despedir a un ser querido.

El propio arzobispo Asenjo se pronunciará próximamente sobre una importante normativa que se inspira en las disposiciones de la Conferencia Episcopal Española (CEE) y de la Santa Sede. El arzobispo de Sevilla tiene claro que se debe potenciar la parroquia, a la que muchos, por error, pueden ver como una institución pasada de moda u obsoleta. La autoridad eclesiástica considera que la parroquia es el lugar en el que se celebra comunitariamente la fe y a través de la cual se ejerce la diaconía de la caridad y el servicio a los pobres.

El Arzobispado publicará en los próximos días un pronunciamiento oficial al respecto que no dejará lugar a dudas. La Iglesia de Sevilla considera que el cristiano nace en el seno de una comunidad parroquial, que le acoge y le brinda «las aguas regeneradoras del bautismo, que le constituyen como hijo de Dios y miembro de la Iglesia». Por este motivo, la parroquia acompaña al cristiano a lo largo de su vida, «brindándole los dones de la salvación, los sacramentos, el anuncio del Evangelio y la formación cristiana». La conclusión lógica es que «la comunidad parroquial le acompañe con su afecto y su plegaria en su despedida de este mundo». La disposición normativa precisará que en los tanatorios se podrá celebrar un responso, además de la eucaristía diaria por los difuntos del día. Y salvo una imposibilidad demostrada, las exequias cristianas tendrán que celebrarse en la parroquia.

Algunas fuentes consultadas por la repercusión que tendrá normativa apuntan a que serán las empresas funerarias las que tendrán que hacer un mayor esfuerzo de adaptación, sobre todo a la hora de disponer de un parque móvil mayor para atender el elevado número de traslados de los féretros desde los tanatorios a las parroquias y de las parroquias a los camposantos de la diócesis. Los casos de familias que deciden velar los restos mortales de sus seres queridos en su propio hogar son cada vez menos, por lo que los tanatorios seguirán cumpliendo ese función. También los párrocos deberán realizar en muchos casos un esfuerzo de disponibilidad para abrir los templos y atender las demandas que hasta ahora se atendían en los tanatorios.

En otras diócesis de España también están prohibidos los funerales en los tanatorios. Hay casos concretos en los que se han alcanzado acuerdos con la diócesis para que sea el párroco quien se desplaza al tanatorio

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