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Actualizado: 27/03/2024
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Actualizar la titularidad de los nichos del cementerio de La Línea de la Concepción prorrogado hasta agosto de 2017

Actualizar la titularidad de los nichos del cementerio de La Línea de la Concepción prorrogado hasta agosto de 2017

Vía: R. Máiquez / Europa Sur

Las personas que no hayan actualizado la titularidad de los nichos del cementerio de La Línea de la Concepción, comarca del Campo de Gibraltar (provincia de Cádiz), tienen dos años más, hasta el 1 de septiembre de 2017, para hacerlo después de que el pleno del pasado jueves aprobase esta prórroga.

El actual reglamento del cementerio entró en vigor en agosto de 2012 y el plazo para que herederos y las personas subrogadas por herencia u otro título en los derechos funerarios sobre estos nichos que no hayan instado a la transmisión a su favor del derecho sobre éstos finaliza el próximo 1 de septiembre, de ahí que se dilate este plazo.

Cabe recordar que la concesiones «a perpetuidad» de los nichos no es de por vida, sino que la duración máxima es a 75 años, de ahí que una vez transcurrido este plazo tenga que cambiarse la titularidad de las concesiones y es obligatorio que se hagan cargo de ella herederos o personas subrogadas por otros motivos.

Una vez pasado el 1 de septiembre de 2017 sin que se actualice la titularidad de los nichos una vez transcurridos 75 años desde la fecha de concesión original pasarán a estar en régimen de alquiler durante un espacio de tiempo no superior a los 3 años. Si en este segundo plazo de tres años tampoco se regulariza la situación, a partir del 1 de septiembre de 2020 se decretaría por parte de la Alcaldía la pérdida del derecho funerario de esos nichos, así como el traslado de los restos a un osario o fosa común.

El Ayuntamiento argumenta esta modificación en el reglamento municipal del cementerio -que entrará en vigor una vez que sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de La Línea, y que transcurra un mes sin que se produzcan alegaciones- en el «elevado número de cambios de titularidad de las concesiones a perpetuidad que se están produciendo y para poder prestar un servicio de calidad a todos los ciudadanos».

Al objeto de facilitar la información que se precise, los interesados podrán personarse en las dependencias del Servicio de Gestión Tributaria, en la avenida de España, número 1, donde se informará a los interesados de cualquier cuestión relacionada con este asunto. Fue el anterior equipo de gobierno el que inició los trámites para la aprobación del reglamento regulador del cementerio a través de un decreto de Alcaldía firmado el 23 de febrero de 2012. Fue aprobado en sesión plenaria celebrada el 7 de junio de 2012.

Según este reglamento el cambio de titular del derecho funerario puede hacerse por transmisión mientras el titular del mismo esté vivo o por causa de muerte a título gratuito. «Entre los descendientes, ascendientes o colaterales dentro del cuarto grado, o el cónyuge legítimo podrá efectuarse la transmisión de la titularidad del derecho funerario mediante la comunicación a la entidad gestora del cementerio», señala el reglamento municipal en cuanto al cambio del derecho funerario entre personas vivas.

En el caso de que el titular haya fallecido, el reglamento establece que se aplicará lo dispuesto en el derecho sucesorio, aunque se estudiarán las fórmulas del derecho privado. El titular también puede señalar, en el momento de la adjudicación o posteriormente, la inclusión de l beneficiario que estime oportuno en caso de fallecimiento.

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