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Actualizado: 16/04/2024
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El juzgado interpone cuestión de ilegalidad por la clasificación de una parcela de un tanatorio de Abegondo

El juzgado interpone cuestión de ilegalidad por la clasificación de una parcela de un tanatorio de Abegondo

Vía: Sara Vázquez / La opino Coruña

Un juzgado ve ilegal la clasificación del suelo de una funeraria prevista por el Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) de Abegondo (provincia de La Coruña). La resolución, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), plantea una cuestión de ilegalidad sobre el tipo de suelo previsto para el terreno en el que se asienta esta finca, que presentó un recurso contencioso-administrativo contra la clasificación recogida en el documento.

La empresa rechazó que se considerase su terreno como suelo urbano no consolidado y exigió que se clasificase como suelo urbano consolidado, solicitud que el juzgado acepta en parte, confirma el Ayuntamiento de Abegondo.

La resolución judicial determina que el caso debe ser trasladado a la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Las partes interesadas pueden comparecer y formular alegaciones en el plazo de quince días «ante el tribunal competente para fallar la cuestión», detalla la resolución. La funeraria solicitaba en el recurso que se cambiase la clasificación del suelo en el que se asienta de suelo urbano de núcleo no consolidado, lo que obliga a los propietarios a asumir la urbanización y pone más requisitos para construir, a suelo urbano de núcleo consolidado, que permite construir directamente.

El juzgado ve motivos para cuestionar el tipo de suelo que fija el plan general, por lo que plantea una cuestión de ilegalidad contra el proyecto en lo relativo a esta finca. En concreto, acepta que la parte construida se considere de núcleo consolidado y que la parte sin construir mantenga la clasificación de suelo urbano de núcleo no consolidado que determinaba el plan general, según el Ayuntamiento.

El recurso contencioso-administrativo interpuesto por la funeraria se suma a anteriores reclamaciones interpuestas contra el plan general de Abegondo que habían llegado también al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. De los recursos interpuestos contra el documento urbanístico, que entró en vigor en septiembre de 2012 con la aprobación definitiva de la Consellería de Territorio, varios fueron desestimados, uno de ellos, tras llegar al Tribunal Supremo, y otro se admitió. La reclamación que salió adelante había sido interpuesta por Telefónica, que reclamaba reducir la distancia entre los núcleos de población y las antenas de los 500 metros previstos a 200 metros.

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