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Actualizado: 19/04/2024
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El Ayuntamiento de Hermisende aplicará la nueva tasa por prestación de servicio en los cementerios municipales

El Ayuntamiento de Hermisende aplicará la nueva tasa por prestación de servicio en los cementerios municipales

Vía: Opinión de Zamora

El Pleno del Ayuntamiento de Hermisende (provincia de Zamora) aplicará a partir de este año la nueva ordenanza reguladora de la gestión y tasa por la prestación del servicio en los cementerios municipales para Castrelos, Hermisende, La Tejera, San Ciprián y Castromil.

Las concesiones suponen la adquisición de derechos sobre el terreno para efectuar enterramientos, por un período de 99 años. Se distinguen tres tipos de concesiones, sepulturas, que tienen unas dimensiones de 1,25 metros de frente por 2,5 metros de fondo; para nichos, que tienen una distancia aproximada entre ejes centrales de 1 metro; y para columbarios, con una distancia de unos 0,6 metros.

Los precios de las concesiones son de 50 euros tanto para sepulturas, nichos y columbarios. La construcción de sepulturas y nichos es competencia exclusivamente municipal, y se efectuará por el servicio municipal o la empresa designada por el Ayuntamiento. Los precios de las sepulturas y nichos dependerán de los costes reales de construcción, sin que puedan tener un precio superior a su coste. Con autorización previa, el Ayuntamiento permitirá la construcción por particulares. En este caso se tramitará como obra, con licencia municipal y el pago de derechos.

No se permitirá ninguna obra, aunque sea menor o de simple reparación, tanto en el interior como en el exterior de sepulturas, sin que se haya obtenido licencia. En los nichos no se permitirá obra alguna, excepto la colocación de cristales que serán siempre transparentes e incoloros. Los titulares están obligados a la limpieza, mantenimiento y conservación de los nichos, fosas y columbarios.

Sobre las construcciones funerarias podrán disponerse cruces, lápidas o cualquier otro símbolo o inscripción fúnebre. Queda prohibida la incorporación a las sepulturas de elementos tales como capillas, castilletes, zócalos con materiales esmaltados, cadenas, y elementos análogos. El derecho de construcción se ejercerá en el plazo de dos años a partir de la concesión. El cementerio municipal tiene la consideración de bien de dominio público adscrito a un servicio público.

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