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Actualizado: 27/03/2024
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El Consejo de Gobierno de Canarias aprueba el proyecto de decreto de sanidad mortuoria

El Consejo de Gobierno de Canarias aprueba el proyecto de decreto de sanidad mortuoria

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el pasado 29 de diciembre el proyecto de decreto de Sanidad Mortuoria, con el que se regulará la práctica sobre cadáveres y restos humanos, su traslado, inhumaciones, incineraciones y exhumaciones de los mismos y de restos humanos y cadavéricos.

El decreto, según el acuerdo del Gobierno, fija los requisitos que deben cumplir los féretros, los vehículos funerarios y las condiciones técnico-sanitarias de los velatorios, tanatorios, crematorios y cementerios

Hasta este momento, regía el reglamento estatal, aprobado en 1974, que ha sido necesario actualizar debido a los cambios normativos así como los relativos a las formas de vida, usos y costumbres en torno a la muerte, además de los avances en cuanto a técnicas constructivas, que conllevan un menor riesgo sanitario, garantizando la protección de la salud de la comunidad, señala una nota del Gobierno.

El decreto consagra el principio de autorregulación y responsabilidad por parte de las empresas que realizan estas prácticas sanitarias e incluye además la figura del tanatopractor para la realización de las prácticas de conservación transitoria y embalsamamientos, que coexistirá junto con la del médico.

En cuanto a los vehículos destinados al transporte funerario, el Gobierno indica que la ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, impone la obligación de disponer de la pertinente licencia municipal y la autorización como transporte privado complementario.

La nota recuerda que la sanidad mortuoria regula toda clase de prácticas sobre cadáveres y restos humanos, excepto las actividades relacionadas con la obtención de órganos, tejidos, y piezas anatómicas de donantes fallecidos, y las autopsias clínicas o judiciales, que se regirán por su normativa específica.

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